Fecha de Publicación: 07/10/1992
Página: 586-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 13

   Escalafones Técnicos. Los escalafones técnicos para los funcionarios
profesionales universitarios que tengan el carácter de presupuestados que
posean un título expedido por la Universidad de la República de Abogado,
Escribano, Contador Público, Contador Público - Licenciado en
Administración, Economista, Contador Público - Hacendista, Contador
Público - Economista, Licenciado en Administración, Licenciado en Economía, Arquitecto y Médico, tendrán los siguientes niveles y grados de
la E.P.U.:

Denominación del Cargo                                   Grado E.P.U.

A 1                                                               54.0
A 2                                                               52.0
A 3                                                               50.0
A 4                                                               48.0
A 5                                                               46.0
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