Aquellos funcionarios que ingresen a la Clase de Maestranza (Cuarta
categoría) que posean título habilitante expedido por la Universidad de
Trabajo del Uruguay o idoneidad fehacientemente probada, percibirán una
remuneración acorde a la siguiente escala:
Grado de Escala Grado Escala
del Cargo Patrón Unica
Ingreso 15.0
1 16.0
2 17.0
3 18.0
4 19.0
5 20.0
6 21.0
7 22.0
8 23.0