Fecha de Publicación: 11/01/2017
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 34

   El procedimiento completo de la calificación no podrá exceder los 60 días hábiles a partir del vencimiento del período de la calificación, el cual será el 31 de diciembre de cada año.
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