Fecha de Publicación: 11/01/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 39

   Las Juntas Calificadoras estarán conformadas por:
   A) Tribunales de Calificación: Estos serán especialmente convocados y dependerán del Jerarca Máximo de la Unidad Ejecutora.
   B) Secretaría Permanente: Esta dependerá jerárquicamente de las Gerencias, Departamentos u Oficinas de Gestión Humana de las Unidades Ejecutoras, las que proporcionarán el personal idóneo para el normal desempeño de las tareas que se le asignen, procurando afectarlos en forma específica a la misma y mientras sea requerida su participación a los efectos de la calificación.

                               CAPÍTULO II
             COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES DE CALIFICACIÓN Y
              DE LAS SECRETARIAS DE LAS JUNTAS CALIFICADORAS
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