Fecha de Publicación: 10/01/2013
Página: 24
Carilla: 24

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Decreto 435/012

Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
Hipotecario del Uruguay, correspondiente al ejercicio 2013.
(73*R)

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
 TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                       Montevideo, 28 de Diciembre de 2012

VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al
ejercicio 2013;

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe favorable y el Tribunal de Cuentas su dictamen sin observaciones;

ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 Apruébense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
Hipotecario del Uruguay para el ejercicio 2013, de acuerdo con el
siguiente detalle:

                      CONCEPTO                           $
              I -     INGRESOS.                     5.661.283.239
              II-     EGRESOS                       5.640.153.866
                      Egresos Operativos            2.135.687.136
                      Operaciones Financieras       3.465.754.230
                      Inversiones                      38.712.500
              III-    SUPERAVIT.                       21.129.373


		
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