PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 48
EXPERIENCIA EN SEGURIDAD. El Directorio del Banco podrá disponer el pago
de una compensación por experiencia en seguridad a un funcionario que
cumpla funciones de supervisión, dirección y planificación en el sector
Seguridad. La compensación no podrá superar la diferencia de la
retribución correspondiente al grado 32 GEPU y la correspondiente al
escalón del cargo que revista el funcionario. A tales fines se prevé un
crédito presupuestal en el objeto de gasto 042.520- Compensación especial
por cumplir condiciones específicas.