Fecha de Publicación: 10/11/2003
Página: 305-A
Carilla: 39

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 17

 Pagos adicionales por tareas de ampliación de redes.
A los funcionarios afectados al mantenimiento de las redes de planta 
externa que realicen tareas de ampliación de servicios, se les asignan 
pagos especiales, directamente proporcionales a la extensión, dificultad 
y calidad de los trabajos efectuados.
Los valores ha percibir por dichos trabajos son los aprobados por 
Resoluciones de Directorio No. 2303/89 del 17/10/89 y No. 573/95 del 
22/02/95.
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