Fecha de Publicación: 18/04/1985
Página: 42-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 31/05/1985.
Decreto 44/985

Se reglamentan normas legales que estructuran el Impuesto a las Rentas Agropecuarias.

Ministerio de Economía y Finanzas.
 Ministerio de Agricultura y Pesca.
                  
                                        Montevideo, 8 de febrero de 1985.

   Visto: los artículos 1 a 15 de la ley 15.646 de 11 de octubre de 1984 
y la ley 15.726 de 8 de febrero de 1985.

   Resultando: que las citadas normas legales estructuran el Impuesto a
las Rentas Agropecuarias.

   Considerando: que es necesario reglamentar las mismas a efectos de que
los contribuyentes puedan liquidar el tributo.

   Atento: a lo expuesto precedentemente,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   (Sujetos pasivos).- Serán sujetos pasivos las sociedades con o sin
personería jurídica, los condominios, las personas físicas, las
asociaciones y fundaciones titulares de rentas gravadas. Serán también
sujetos pasivos los titulares de arrendamientos rurales,pastoreos
aparcerías u otras formas de análoga naturaleza.

ALVAREZ.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.- CARLOS MATTOS MOGLIA.
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