MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Fe de erratas publicada/s: 31/05/1985.
(Remisión).- En lo no previsto en este decreto y en lo que no oponga al mismo serán de aplicación al Impuesto a las Rentas Agropecuarias lo dispuesto en los decretos 661/979 y 663/979 de 19 de noviembre de 1979.Ayuda