Fecha de Publicación: 18/04/1985
Página: 42-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Fe de erratas publicada/s: 31/05/1985.

Artículo 5

   (Pastoreos, aparcerías y situaciones de análoga naturaleza).- Los 
pastoreos, aparcerías y situaciones de análoga naturaleza están gravados
cualquiera fuera su plazo de duración o el número de cosechas.
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