Las empresas de automóviles sin chofer estarán obligadas a presentar
antes del día 15 de los meses de Diciembre y Mayo de cada año la nómina
completa de las unidades que integran su flota mediante certificado
notarial en el que se especificaran: propietario, libreta de circulación,
marca, modelo, matrícula, fecha y lugar de empadronamiento, número de
motor, cilindrada (c.c.) y número de padrón.