Las asignaciones de las partidas del Rubro 0 -en lo referente a Prima
por Productividad-, Rubro 7 "Subsidios y otras Transferencias" -en lo
referente a impuestos nacionales y municipales e incentivos por retiro- y
del Rubro 8 "Servicio de Deuda y Anticipos" no tendrán carácter
limitativo, por lo que el Directorio del Organismo podrá adecuar sus
montos de acuerdo a las erogaciones efectivamente realizadas, dando
cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.