Fecha de Publicación: 23/09/2008
Página: 754-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 15

 Sustitúyese el artículo 57º del Decreto Nº 148/007, de 26 de abril de
2007, por el siguiente:

     "Artículo 57º.- (Deducción por gastos de educación, alimentación,
     vivienda y salud).- En defecto del acuerdo opcional de los padres
     sobre el beneficiario de deducción por hijos a cargo a que refiere el
     literal D) del artículo 37º del Título 7 del Texto Ordenado 1996, la
     misma será compartida en partes iguales a efectos de la liquidación
     del impuesto."
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