Fecha de Publicación: 09/01/2024
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y archívese.
   LACALLE POU LUIS; ELISA FACIO; AZUCENA ARBELECHE.
 
  "Ver información adicional en el Diario Oficial digital."

   //tevideo, 27 de Diciembre de 2023     ACTA 2953

                            Resol. N° 1673/23

   VISTO: lo que surge de las presentes actuaciones.

   RESULTANDO: la propuesta de nueva estructura de cartera de productos de telefonía fija y telecomunicaciones públicas elevada por las gerencias competentes, incluyendo los correspondientes análisis de costos en el marco de lo dispuesto por el inciso II del Art. 12 del D.L. N° 14.235 en su actual redacción.

   CONSIDERANDO: el precepto de asegurar una administración eficiente consagrada en el Art. 60 de la Constitución de la República, corresponde acceder a lo solicitado por los Servicios en base a los fundamentos que allí se expresan.

   ATENTO: a lo establecido en el Art. 60 de la Constitución de la República y a lo informado por División Marketing,

                     EL DIRECTORIO DE ANTEL RESUELVE:

1°.- Aprobar la propuesta de nueva estructura de precios de la cartera de
     las tarifas de servicios de telefonía y telecomunicaciones públicas a
     proponer al Poder Ejecutivo, consignadas en el Boletín de Tarifas de
     acuerdo al Anexo adjunto a la presente.

2°.- Determinar como fecha de vigencia de estas modificaciones el 1° de
     enero de 2024.

3°.- Remitir al Poder Ejecutivo a los efectos correspondientes.

4°.- Comuníquese a Gerencia General y Sub Gerencia General Estrategia de
     Negocios.

   "Ver información adicional en el Diario Oficial digital."


   Pase a las Gerencias de División Marketing, Atención de clientes y Económico Financiera.

   EE2023-65-001-004016
   JCL/np
   Cra. Lic. Annabela Suburú, Presidenta; Elena Grauert Hamann, Abogada, Secretaría General.

   "Ver información adicional en el Diario Oficial digital."
Ayuda