PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 2
Comuníquese, publíquese y archívese.
LACALLE POU LUIS; ELISA FACIO; AZUCENA ARBELECHE.
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//tevideo, 27 de Diciembre de 2023 ACTA 2953
Resol. N° 1673/23
VISTO: lo que surge de las presentes actuaciones.
RESULTANDO: la propuesta de nueva estructura de cartera de productos de telefonía fija y telecomunicaciones públicas elevada por las gerencias competentes, incluyendo los correspondientes análisis de costos en el marco de lo dispuesto por el inciso II del Art. 12 del D.L. N° 14.235 en su actual redacción.
CONSIDERANDO: el precepto de asegurar una administración eficiente consagrada en el Art. 60 de la Constitución de la República, corresponde acceder a lo solicitado por los Servicios en base a los fundamentos que allí se expresan.
ATENTO: a lo establecido en el Art. 60 de la Constitución de la República y a lo informado por División Marketing,
EL DIRECTORIO DE ANTEL RESUELVE:
1°.- Aprobar la propuesta de nueva estructura de precios de la cartera de
las tarifas de servicios de telefonía y telecomunicaciones públicas a
proponer al Poder Ejecutivo, consignadas en el Boletín de Tarifas de
acuerdo al Anexo adjunto a la presente.
2°.- Determinar como fecha de vigencia de estas modificaciones el 1° de
enero de 2024.
3°.- Remitir al Poder Ejecutivo a los efectos correspondientes.
4°.- Comuníquese a Gerencia General y Sub Gerencia General Estrategia de
Negocios.
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Pase a las Gerencias de División Marketing, Atención de clientes y Económico Financiera.
EE2023-65-001-004016
JCL/np
Cra. Lic. Annabela Suburú, Presidenta; Elena Grauert Hamann, Abogada, Secretaría General.
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