PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 2
Sustitúyese el artículo 6 del Decreto N° 371/017 de 22 de diciembre de 2017 por el siguiente: "La antigüedad que establece el artículo 3° refiere únicamente a la antigüedad en el cargo actual, correspondiendo asignar un punto por cada año o fracción mayor de seis meses de permanencia en el señalado cargo, hasta alcanzar un máximo de 8 (ocho) puntos".