Fecha de Publicación: 24/01/2023
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Carilla: 20

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Artículo 50

   PRÓRROGA AUTOMÁTICA
   Mientras no se aprueben los presupuestos siguientes al Ejercicio 2023, la Agencia Nacional de Vivienda continuará aplicando las disposiciones del presente de acuerdo a las disposiciones constitucionales aplicables (artículo 228 de la Constitución de la República).
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