Fecha de Publicación: 13/11/2003
Página: 408-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 36

 Déjase sin efecto lo aprobado por R.D. 43-61/92 en lo que respecta a la 
compensación de apertura de caja y quebranto de caja así como también la 
compensación de expedidores aprobada en el numeral 4º de la R.D. 
42-14/93.
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