Fecha de Publicación: 13/11/2003
Página: 414-A
Carilla: 16

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 28

 Facúltase al Banco de Previsión Social a transformar los cargos de 
Analista Programador del escalafón B grado 8 ocupados por Ingenieros en 
Sistema o Computación con título habilitante, en Técnico III Ingeniero, 
escalafón A grado 8.
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