Fecha de Publicación: 27/01/2023
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Artículo 19

   Los representantes de la Administración Nacional de Puertos en el Directorio de Terminal Cuenca del Plata S.A., designados por el Directorio de la Administración Nacional de Puertos, según el Artículo 20 de la Ley N° 17.243 del 29 de junio de 2000, percibirán durante el ejercicio de esas funciones, una retribución máxima mensual por todo concepto equivalente a la diferencia existente entre la remuneración que perciban los Directores (Vocal) de la Administración Nacional de Puertos y cualquier otra remuneración que perciba con cargo a fondos del Estado. 
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