Fecha de Publicación: 14/11/2003
Página: 449-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 24

 Compensación Secretarías Directores. A las Secretarías de cada Director 
se le asignará una partida mensual de $ 9.939,00 en carácter de viático, 
sujeto a montepío en el porcentaje correspondiente según las normas del 
Banco de Previsión Social, reajustable con el I.P.C., cada seis meses, 
(mes base 100, diciembre de 2002), a efectos de solventar los gastos 
derivados de atención y representación que el desempeño de dichas tareas 
implica, y serán distribuidas por cada Director en los porcentajes que 
estime conveniente para cada uno de los funcionarios que tenga a su 
disposición, presentando los recibos pertinentes al Area de 
Administración Financiera, previo a la liquidación de la partida 
subsiguiente.
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