Fecha de Publicación: 14/11/2003
Página: 449-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 28

 En la asignación del rubro 8 "Servicios de Deudas y Anticipos", del 
programa 103 - Operaciones Financieras - se han efectuado las siguientes 
previsiones:
a) Concesión de distintos préstamos a colonos a efectos de dar 
cumplimiento al Capitulo XVII de la Ley Nº 11.029.
b) Devolución a Colonos según lo prescrito en el artículo Nº 10 del 
Régimen de Venta de Fracciones así como también por diferencia de área.
c) Pago de intereses del préstamo del B.R.O.U. por adquisición de campo y 
por concepto del Préstamo para financiar gastos operativos del ejercicio 
en curso.
d) Amortización cuotas convenio para pago de adeudos con el Banco de 
Previsión Social y amortización del préstamo otorgado por el B.R.O.U. con 
destino a la adquisición del Padrón Nº 4809 de la 14º Sección Judicial 
del Departamento de Tacuarembó.
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