Fecha de Publicación: 14/11/2003
Página: 449-A
Carilla: 23

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 35

 En oportunidad en que las partidas de carácter no limitativo, sean 
incrementadas en función de las necesidades del Organismo se cursará la 
correspondiente comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y 
al Tribunal de Cuentas.
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