Fecha de Publicación: 29/12/2011
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Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 18

 La URSEA controlará el cumplimiento de la normativa de los equipos y
"Equipamiento para el calentamiento de agua por energía solar térmica" y
determinará los laboratorios aptos para realizar los ensayos
correspondientes.
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