Fecha de Publicación: 11/03/1983
Página: 453-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

   En materia de trasposiciones de rubros de gastos de un mismo programa, la Intendencia deberá tener presente lo dispuesto por el artículo 19 de
la ley 14.867, de 24 de enero de 1979 y por el artículo 105 de la ley 15.167, de 6 de agosto de 1981.
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