Cuando un laboratorio deba elaborar su stock de preparaciones en cuya
fórmula entren diacetilmorfina, morfina, cocaína, dihidroxicodeinona o
sus sales, deberá comunicar con 8 días de anticipación la fecha en que
incorporará esas drogas al o a los medicamentos que deben contenerlas,
debiendo estar presente en ese caso el farmacéutico responsable, cuyo
nombre figurará en lugar visible del establecimiento.