Fecha de Publicación: 17/11/2003
Página: 478-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 14

 La nomenclatura y ordenamiento de cargos que regirá durante el Ejercicio 
2003 será el que resulta del planillado que se acompaña (Anexo I).
Se presupuestan a los funcionarios en los cargos de retribución que 
figuran en el planillado que se acompaña (Anexo II). 
A partir de lo antes expuesto y a los efectos que correspondan se tendrá 
en cuenta el régimen de ascenso, según lo solicitado por el Ministerio de 
Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. 
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