Fecha de Publicación: 17/11/2003
Página: 478-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 26

 Todas las compensaciones porcentuales vigentes en la Administración se 
calcularán sobre el sueldo de acuerdo a lo establecido en el Art. 15º de 
cada categoría según corresponda, excepto la prevista en el numeral 7 del 
Art.º 25.
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