Fecha de Publicación: 17/11/2003
Página: 478-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 32

 El Directorio podrá disponer que sean distribuidas entre los Abogados y 
Procuradores que presten funciones en la Oficina Jurídica, las 
imposiciones en costos, que beneficien a la Administración. También podrá 
extender esta disposición a los Asesores Letrados de Directorio cuando 
éstos intervengan directamente en los juicios respectivos. 
Mediante la reglamentación se establecerán las condiciones y el 
porcentaje a distribuir. 
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