Fecha de Publicación: 08/08/1988
Página: 168-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 28

   Se establece con carácter general la obligación de las I.A.M.C. de
ofrecer a las embarazadas, antes de la 27a. semana el régimen de afiliación prenatal. 
   Deberá constar por escrito la aceptación o no del régimen de la afiliación prenatal, por la embarazada.
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