Decreto 457/991
Nuevas tarifas por servicios de embarque que se prestan por la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica.
Ministerio de Defensa Nacional.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Ministerio de Turismo.
Montevideo, 27 de agosto de 1991.
Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea
a efectos de establecer las nuevas tarifas por Servicio de Embarque que
se prestan por la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica.
Considerando: I) Que por decreto 302/990, de 3 de julio de 1990 se
omitió determinar el precio correspondiente a aeropuertos de primera
categoría;
II) Que por su parte se entiende necesario racionalizar la
contraprestación por los servicios de referencia actualizando dicho
importe.
Atento: a lo preceptuado por el artículo 70 del Código Aeronáutico
aprobado por decreto ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyese en el artículo 3º del decreto 387/983, de fecha 7 de octubre de 1983, el numeral 1º de la Tabla 8 "Precio por Servicio de Embarque" en las redacciones dadas por los decretos 620/986, del 23 de setiembre de 1986 y 302/990, de 3 de julio de 1990, por el siguiente:
"1) Vuelos Internacionales.
a) Aeropuerto Internacional de Carrasco
Pasajeros de Puente Aéreo U$S 6.
Pasajeros con otros destinos U$S 10.
b) Aeropuerto de primera categoría U$S 6.
c) Otros aeropuertos U$S 4."
LACALLE HERRERA.- MARIANO R. BRITO.- ENRIQUE BRAGA SILVA.- JOSE VILLAR
GOMEZ.