Fecha de Publicación: 17/03/2023
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 40

   COMPENSACIÓN INSPECTORES PRESTACIONES. Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a los funcionarios que cumplen funciones de inspectores en la sección Inspecciones dependiente de la Dirección Técnica de Prestaciones u oficinas dependientes 
   a) A Inspectores, de $ 18.128 (pesos dieciocho mil ciento veintiocho) 
      por mes por tareas externas. 

   b) A Jefes y Gerente de Sector, de $ 25.835 (pesos veinticinco mil
      ochocientos treinta y cinco) por mes por la planificación de campo,
      selección de muestras y su consecuente reflejo en compromisos de
      resultados. 
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