Fecha de Publicación: 31/03/2023
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 32

   Reestructuras
   Antes de la aplicación de cualquier reestructura de cargos o del sistema de remuneración, se deberá contar con el informe favorable previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dando cuenta al Tribunal de Cuentas.
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