Fecha de Publicación: 13/10/2008
Página: 77-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 74

 Los funcionarios que desempeñen tareas en la Oficina de Traducciones
percibirán, además, un complemento mensual por idioma que traduzcan, con
un máximo de cinco, por la suma de $ 750,oo. Este artículo no es de
aplicación a las situaciones creadas con posterioridad al 1/1/2006.
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