Fecha de Publicación: 16/08/1977
Página: 278-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 460/977

Se fija la cantidad de funcionarios que integrarán el Centro de Computación de la Contaduría General de la Nación y sus remuneraciones.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                     Montevideo, 10 de agosto de 1977.

Visto: lo dispuesto por el artículo 162º de la ley 14.416 de 28 de agosto
de 1975.

Considerando: I) Que el Poder Ejecutivo está facultado para determinar las
remuneraciones y cantidad de funcionarios que integran el Centro de
Computación de la Contaduría General de la Nación de acuerdo a los
respectivos valores del mercado;

II) Que a fin de cumplir con el referido mandato legal, dicha Oficina
puede utilizar las economías generadas por la no provisión de sus
vacantes.

Atento: a lo establecido en el artículo 162º de la ley 14.416 de 28 de
agosto de 1975 y en los artículos 11º y 30º de la ley 14.550 de 10 de
agosto de 1976,

 El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

El Centro de Computación de la Contaduría General de la Nación estará
integrado hasta por 90 funcionarios.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI.
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