Los deberes de los beneficiarios serán los siguientes:
A) Realizar las solicitudes de becas en los plazos establecidos;
B) Cumplir con la escolaridad exigida en el artículo 8º;
C) Comunicar a la Comisión los cambios de domicilio, así como
cualquier cambio que se produzca en el transcurso del año, en relación a
la situación socio-económica declarada en la solicitud de beca;
D) Comunicar la graduación, finalización, u otorgamiento del título,
término del curso y exámenes rendidos;