Estarán excluidos de este beneficio: A) Los estudiantes que tengan una
situación económica personal o familiar que les permita solventar sus
gastos, según criterios que la Comisión establecerá anualmente;
B) Las personas egresadas o que posean un título o certificado
habilitante para el ejerciio de una actividad profesional;
C) Los estudiantes que hayan cambiado más de una vez de carrera o
usufructúen otro tipo de becas. Los cambios de opción de la misma carrera
no serán considerados cambio de carrera;
D) Los estudiantes becarios que no hayan aprobado el 60 % de los
cursos y exámenes en el transcurso del año anterior a la presentación de
la solicitud de renovación de beca;