Fecha de Publicación: 23/12/1997
Página: 1011-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Decreto 461/997

Adecúanse las normas del Decreto 831/973, acorde a lo informado por el Comando General del Ejército.
(3.240*R)

    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

                                     Montevideo, 9 de diciembre de 1997

    VISTO: la gestión del Comando General del Ejército por la cual
solicita la creación del Comando de la Artillería de Ejército, en
sustitución de la Artillería Divisionaria I.-

    RESULTANDO: I) que por el artículo 2do. del Decreto 831/973 de fecha 
2 de octubre de 1973, se creó la Artillería Divisionaria I (ADI).-

    II) que por la mencionada norma se dispuso que la Artillería
Divisionaria de referencia, estaría integrada por un Comando y Batería de
Comando y las Unidades del Arma: Grupo de Artillería Nro. 1, Grupo de
Artillería Nro. 4, Grupo de Artillería Nro. 5 y Grupo de Artillería
Antiaérea Nro. 1.-

    III) que por la Orden del Comando General del Ejército 7868 de fecha
15 de marzo de 1979, se estableció que el Grupo de Artillería Nro. 4 pasó
a depender del Comando de la División de Ejército IV.-

    CONSIDERANDO: I) que las modificaciones propuestas resultan
imprescindibles para adecuar la organización del Ejército a sus
posibilidades y actuales necesidades.-

    II) que corresponde establecer que el Grupo de Artillería Nro. 1 será
orgánico de la División de Ejército I.-

    III) la necesidad de adecuar las normas del Decreto 831/973 
precitado, acorde a lo informado por el Comando General del Ejército.-

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dictaminado por la
Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                DECRETA:

Artículo 1

Segrégase de la División de Ejército I el Grupo de Artillería 155 mm
Nro. 5 y el Grupo de Artillería Antiaérea Nro. 1. Desactívase el Comando
de la Artillería Divisionaria I (ADI).-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE.-
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