Fecha de Publicación: 21/08/1978
Página: 471-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

  Exonérase del pago del recargo mínimo del 10% (diez por ciento), la 
importación de "kits" definidos de acuerdo con los requisitos del decreto 
560/973, de 12 de julio de 1973, sus modificativos y concordantes.
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