Fecha de Publicación: 02/03/2020
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 2

   PUBLÍQUESE, comuníquese, oportunamente, archívese.
   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; EDUARDO BONOMI; PABLO FERRERI.

                          COMPROMISO de GESTIÓN
  entre el MINISTERIO del INTERIOR y la DIRECCIÓN de la POLICÍA NACIONAL
                                 AÑO 2019

   En Montevideo, el día de de , por una parte el Ministerio del Interior (en adelante MI), representado por el Sr. Ministro del Interior y por la otra, la Policía Nacional, representada por su Director, acuerdan el siguiente Compromiso de Gestión:

   CLAUSULA 1ª.- ANTECEDENTES
   El Ministerio del Interior tiene como misión regir, ejecutar, controlar y evaluar las políticas, planes y programas referidos a la Seguridad Pública, garantizando el libre ejercicio de los derechos y libertades fundamentales.
   Busca ser un organismo altamente técnico y profesionalizado capaz de abordar la seguridad desde una óptica integral en la cual prevención, disuasión, represión y sanción del delito sean fundamentales, estando al servicio de la sociedad y operando en cooperación con otros organismos gubernamentales, instituciones y organizaciones sociales.
   El Compromiso de Gestión, que comprende a personas encargadas de las unidades operativas de la Jefatura de Policía de Montevideo y de la Jefatura de Policía de Canelones, contribuye con un cambio en la cultura organizacional desde el desarrollo de capacidades humanas para la profesionalización de las funciones, como también al desarrollo de tecnologías de la comunicación y la información que propendan a protocolizar procedimientos internos y servicios a la ciudadanía. Con el mismo, se busca generar un nuevo modelo de gestión basado en resultados, donde el personal sea evaluado por su capacidad y compromiso con el servicio público.

   CLAUSULA 2ª.- OBJETO
   El objeto de este compromiso de gestión es fijar, de común acuerdo, metas e indicadores que redunden en un mejor cumplimiento de los objetivos estratégicos del organismo comprometido, estableciendo la forma de pago de la contrapartida correspondiente al cumplimiento de las metas.

   CLAUSULA 3ª.- COMPROMISOS DE LAS PARTES
   La Dirección de la Policía Nacional se compromete a cumplir con las metas que se detallan en el Anexo 1 que es parte integrante de este contrato, las cuales contribuyen al logro de los siguientes objetivos:
   *    Fomentar la presencia policial comunitaria orientada a la
        resolución de problemas en puntos de la ciudad identificados como
        vulnerables.
   *    Fomentar la promoción de diagnósticos y propuestas de mejora en
        espacios vulnerables.
   *    Fortalecer la prevención criminal en zonas urbanas con mayores
        frecuencias delictiva.
   *    Fortalecer la prevención en las adyacencias de los centros
        educativos.
   *    Disponer de mayor cantidad de móviles en servicio.
   *    Dar seguimiento a las medidas cautelares ante situaciones de
        violencia doméstica conforme a lo establecido en los Arts. 17,
        18, 19 y 20 del Decreto 317/010.
   *    Aumentar la participación de personal de Policía de Tránsito en
        accidentes viales.
   *    Realizar operativos de control en diversos puntos de la ciudad a
        través del registro o inspección de personas, vehículos,
        comercios y espectáculos.
   *    Optimizar la eficacia policial en las rapiñas al transporte
        colectivo.
   *    Fomentar la presencia policial en zonas rurales.
   *    Promover la provisión de elementos para que la fiscalía
        respectiva elabore el caso.
   *    Atender las demandas de seguridad en el entorno de instituciones
        educativas.
   *    Generar acopio de información para el análisis de la logística
        aplicada a la seguridad.

   CLAUSULA 4ª. NORMATIVA
   *  Art. 57 y ss. de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013
   *  Art. 91 de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012
   *  Art. 119 de la Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011

   CLAUSULA 5ª. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
   Se constituirá una Comisión de Seguimiento y Evaluación del Compromiso de Gestión, integrada por representantes de la Dirección General, de la Dirección de la Policía Nacional, del Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal y del Área de Gestión y Desarrollo Humano, tanto titulares como alternos. La Comisión tiene como cometido evaluar el grado de cumplimiento de las metas en los plazos establecidos en el compromiso, a partir de la documentación pertinente. El informe de la Comisión de Seguimiento se emitirá en un plazo no superior a 45 días luego de la fecha límite para el cumplimiento de la meta, remitiéndose inmediatamente a la Comisión de Compromisos de Gestión.
   Las resoluciones se tomarán por mayoría y el informe deberá estar firmado por al menos dos de sus integrantes.
   La Comisión de Compromisos de Gestión podrá solicitar en cualquier momento a la Comisión de Seguimiento y Evaluación informes sobre el avance en el cumplimiento del compromiso.

   CLAUSULA 6ª. PERÍODO DE VIGENCIA
   El presente Compromiso de Gestión tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020.

   CLAUSULA 7ª. TRANSPARENCIA
   El Ministerio del Interior se compromete a poner a disposición toda información que la Comisión de Seguimiento y Evaluación requiera para el análisis, seguimiento y verificación de los compromisos asumidos a través del presente Compromiso de Gestión.
   Una vez aprobado el presente compromiso, se remitirá copia digital a la Comisión de Compromisos de Gestión y se publicará en la página web del organismo.
   Asimismo, una vez evaluado el cumplimiento de las metas, el Ministerio del Interior publicará los resultados del presente Compromiso en su página web.

   CLAUSULA 8ª. SALVAGUARDAS
   La Comisión de Seguimiento y Evaluación podrá, por mayoría y con previa aprobación de la Comisión de los Compromisos de Gestión, ajustar las metas establecidas en los Anexos 1 y 2 si su cumplimiento fuera impedido por razones debidamente fundadas.
   Dichos ajustes deberán ser solicitados por el Director General de Secretaría y refrendados por el Ministro del Interior.

   "Ver información adicional en el Diario Oficial digital."
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