Fecha de Publicación: 11/12/2007
Página: 543-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 2

 La reglamentación dictada por la Unidad Reguladora de Servicios de
Energía y Agua (URSEA) definirá el cronograma y la asignación de los
envases integrantes del parque actual, con base en los porcentajes
respectivos de participación en el mercado a la fecha del presente
decreto, y manteniendo un parque común de cien mil envases por un período
que se definirá en base a las necesidades del mercado, previa consulta con
el Poder Ejecutivo.
Ayuda