MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 09/10/1985.
Establécese que si los aumentos salariales determinados por el presente decreto, superan al 22% en ningún caso el traslado a precios podrá ser mayor a lo que incida el 22% de lo salarios al 1º de marzo de 1985, en la estructura de costos de cada empresa.Ayuda