Fecha de Publicación: 16/01/2012
Página: 21
Carilla: 21

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 2

 Modifícase el inciso segundo del artículo 1° del Decreto 134/2008 de 29
de febrero de 2008, el que quedará redactado de la siguiente manera: "La
Comisión podrá, por razones presupuestales, en casos especiales y en firma
debidamente fundada, otorgar becas parciales, tomando en consideración los
criterios de concesión de becas dispuestos por el artículos 7 de la Ley
16.524."
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