Fecha de Publicación: 05/03/1996
Página: 1276-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 5

   El Directorio del Organismo podrá proponer adecuaciones del rubro 0
Retribuciones personales, 1 Cargas Legales sobre Servicios Personales y 7
Subsidios y Otras Transferencias; con el fin de ajustar las retribuciones
de su personal en períodos no menores de tres meses ni mayores de cuatro.
   Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice general de
precios al consumo confeccionado por el Instituto Nacional de
Estadística, sus disponibilidades financieras y la política del Poder
Ejecutivo en la materia.
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