Fecha de Publicación: 23/02/2017
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Carilla: 16

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 7

   Sustitúyese el inciso segundo del artículo 4° del Decreto N° 199/007 de 11 de junio de 2007, por el siguiente:

      "No estarán incluidas en la definición de reducida dimensión
      económica:

   a) Las empresas que comercialicen prendas de vestimenta en centros
      comerciales, expoferias y similares.
   b) Las empresas prestadoras de servicios de transporte terrestre de
      pasajeros."
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