En el caso de actos cometidos por las empresas y prestadores
habilitados que pudieran dar mérito a la intervención de la justicia
penal, los antecedentes de los mismos se pondrán inmediatamente en su
conocimiento a los efectos que correspondan.
Para los actos en que de acuerdo a las normas vigentes corresponda la
intervención del Tribunal de Faltas, el Ministerio creará una Comisión de
Controversias vinculadas con la aplicación de este decreto, a efectos de
dilucidar administrativamente los hechos, de resultar posible.
CAPITULO VIII - RECURSOS ADMINISTRATIVOS