MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El Comitente podrá apremiar ejecutivamente ante el Juez competente al Rematador que no cumpla dentro del plazo indicado con la obligación de entrega del saldo líquido precedentemente establecida, previa intimación practicada por telegrama colacionado con plazo de tres días y en tal caso perderá el Rematador su comisión. SECCION VI De los librosAyuda