MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Las Sociedades de Remate estarán exentas de cumplir lo establecido en el artículo 12 literal b. sólo en lo que tiene que ver con el nombre del Rematador o Martillero, que podrá ser sustituido por el de la Sociedad, con los números de matrícula de los componentes. SECCION VIII De las incompatibilidadesAyuda