Fecha de Publicación: 31/12/2002
Página: 4144-C
Carilla: 38

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 6

 Fíjanse para los cigarrillos comprendidos en el Decreto Nº 276/985 de 3 
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan a 
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente 
al semestre enero - junio de 2003.-
                                Ficto     Tasa     Impuesto
                                  $         %          $
Cigarrillos                     10.31     68.5        7.06
Decreto Nº 276/985
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