Fecha de Publicación: 22/01/2024
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Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 4

   Para tener derecho al crédito dispuesto en el artículo 2° del presente Decreto, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) deberá presentar a mes vencido una declaración jurada con el detalle de las compras de bienes y servicios amparadas, ante el Ministerio de Ambiente.
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