Fecha de Publicación: 19/03/2026
Página: 21
Carilla: 21

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 15

   Aplicación de prestación única en casos de incumplimiento de las condiciones del régimen de envíos postales internacionales.- Cuando se verifique el incumplimiento de las disposiciones que regulan el presente régimen en los términos previstos por el artículo 632 de la Ley que se reglamenta y sin perjuicio de la multa prevista por ese artículo, el titular de la operación de importación que se haya pretendido amparar a alguna de las franquicias, perderá el derecho de uso de la misma para esa operación, siendo de aplicación respecto a ella la prestación única tributaria prevista por el inciso primero del artículo 627 de la Ley 20.446.

   En estos casos, la operación no computará, a los efectos de las limitaciones previstas por los artículos 2 y 4 literal c) del presente Decreto.
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